Rechazan demanda contra De la Espriella
El Consejo de Estado rechazó una demanda contra Abelardo de la Espriella al considerar que la inscripción presidencial es un trámite y no una decisión definitiva.
La demanda contra De la Espriella no prosperó. El Consejo de Estado decidió rechazar la acción judicial que buscaba anular la inscripción del abogado y candidato presidencial Abelardo de la Espriella para las elecciones de 2026-2030.
La decisión fue tomada por la Sección Quinta del alto tribunal, que concluyó que la inscripción de una candidatura presidencial corresponde a un acto de trámite dentro del proceso electoral y, por lo tanto, no puede ser objeto de una demanda de nulidad en esta etapa.
El fallo representa un respaldo jurídico para la continuidad de la aspiración presidencial del candidato, quien sigue en la contienda electoral mientras avanza el calendario definido por las autoridades electorales.
Demanda rechazada
La demanda contra De la Espriella fue presentada por el ciudadano Sebastián López Betancourt, quien argumentó que el candidato presuntamente incumpliría requisitos constitucionales debido a que posee nacionalidad colombiana, estadounidense e italiana.
Según el demandante, el hecho de no haber renunciado a las otras nacionalidades al momento de su inscripción podría generar incompatibilidades para ejercer la Presidencia de la República.
Además de pedir la nulidad de la inscripción, también solicitó la suspensión provisional de la candidatura como medida cautelar, al considerar que la situación podría afectar intereses nacionales y principios constitucionales.
Sin embargo, el Consejo de Estado encontró que la acción estaba dirigida contra una actuación administrativa que no constituye una decisión definitiva dentro del proceso electoral.
Decisión judicial
En la providencia, el magistrado Omar Joaquín Barreto Suárez explicó que la inscripción de una candidatura no pone fin al procedimiento administrativo ni resuelve de fondo una situación jurídica.
Por esa razón, la corporación concluyó que no existe fundamento legal para ejercer control judicial sobre ese acto en este momento.
El alto tribunal recordó que las demandas electorales proceden contra decisiones definitivas como la declaratoria de elección, los nombramientos o los actos que formalmente concluyen un proceso administrativo.
“La inscripción de una candidatura es un acto de trámite”, indicó la providencia, al precisar que hace parte de una serie de actuaciones que culminan posteriormente con la elección o no del aspirante.
Camino abierto
Con esta decisión, Abelardo de la Espriella mantiene intacta su participación en la carrera por la Casa de Nariño y continúa habilitado para desarrollar su campaña política.
El Consejo de Estado también aclaró que cualquier cuestionamiento relacionado con la inscripción de un candidato podría analizarse más adelante, pero únicamente si se presenta una demanda contra el acto definitivo de elección y si esos argumentos hacen parte de los cargos formulados.
Mientras tanto, la demanda contra De la Espriella quedará archivada una vez la decisión judicial quede en firme.
La determinación deja claro que los debates sobre posibles inhabilidades o irregularidades en una inscripción no pueden resolverse de manera anticipada mediante una demanda contra un simple trámite administrativo. Por ahora, el candidato seguirá adelante con sus aspiraciones presidenciales sin obstáculos judiciales derivados de este proceso.






